La Corte Suprema suspendió este viernes 9 de octubre los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, con el que el Gobierno de Javier Milei había derogado la Ley de Tierras Rurales. La decisión restablece, por ahora, los límites a la adquisición de campos por parte de extranjeros.
El giro llega apenas diez días después de que el mismo tribunal revocara un fallo que había frenado la derogación. Esta vez resolvió un planteo distinto y dictó una medida cautelar interina: la suspensión regirá mientras la Justicia Federal de Bariloche analiza quiénes pueden impulsar el reclamo y si corresponde conceder una cautelar.
Qué significa el fallo: vuelve el límite del 15% para tierras rurales en manos extranjeras
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establece que las tierras rurales en manos extranjeras no pueden superar el 15% de la superficie a nivel nacional, provincial y departamental. También fija restricciones por nacionalidad y por titular.
El artículo 154 del DNU 70/2023 había derogado ese régimen. Al suspender provisionalmente sus efectos, la Corte volvió a poner en funcionamiento esas restricciones. No se trata de una sentencia definitiva: el tribunal todavía no resolvió si la derogación dispuesta por Milei es constitucional.
Quiénes reclamaron y por qué intervino otra vez la Corte
El nuevo planteo fue impulsado por la asociación ambiental Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. Sostuvieron que la eliminación de la ley podía afectar derechos ambientales y territoriales de los pueblos indígenas.
Ese argumento es distinto del presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata. La semana pasada, la Corte rechazó la demanda de esa entidad porque consideró que no estaba habilitada para llevar adelante aquel reclamo. En ese fallo tampoco se pronunció sobre la constitucionalidad del DNU.
Un fallo dividido: cuatro votos a favor y una dura disidencia
La suspensión recibió los votos de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en contra: cuestionó que la Corte dictara una cautelar en esta instancia y sostuvo que la causa debía volver directamente al juzgado de Bariloche.
Ahora ese juzgado deberá examinar la legitimación de quienes demandaron y resolver su pedido cautelar. Hasta que se pronuncie, queda suspendida la derogación de la Ley de Tierras. La disputa judicial sigue abierta, al igual que la discusión política sobre los límites a la propiedad extranjera.





